¿Por qué no tiene letra el himno de España?


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¿Por qué no tiene letra el himno de España?

ARCHIVO Eduardo Marquina canta, junto a un coro, la letra del Himno de España que él escribió

El Himno Nacional tiene su origen en la «la Marcha Granadera», de naturaleza militar y autor desconocido, que se usa desde que el Rey Carlos III la declaró Marcha de Honor el 3 de septiembre de 1770. La enorme popularidad que tuvo desde el principio esta pieza musical es la culpable de que el Himno se haya mantenido sin letra durante más de dos siglos. Pese a que ha habido algunos concursos (como el convocado por el Comité Olímpico Internacional de 2007), el rechazo mayoritario del pueblo ha hecho que sus notas continúen sin acompañamiento.

La «Marcha Granera» se comenzó a popularizar bajo el nombre de «Marcha Real» tras ser interpretada siempre en actos públicos a los que asistía algún miembro de la Casa Real.

El COI no ha sido el único que ha intentado ponerle letra al Himno de España. El mismísimo General Prim puso en marcha un concurso en 1870 en el que se pedían propuestas para crear un Himno Nacional. Finalmente, tuvo que declarar desierto el concurso por la baja calidad del material propuesto.

«Gloria, gloria, corona de la Patria, soberana luz. que es oro en tu Pendón». Así comenzaba la letra que Eduardo Marquina escribió para el Himno durante el reinado de Alfonso XIII. Aunque no llegó a cuajar y nunca se convirtió, sí fue una de las propuestas que más aceptación tuvo posteriormente.

El único periodo en el que esta «Marcha Graneda» no ha sido Himno de España fue durante la II República, en la que se adoptó el Himno de Riego. Aunque durante la Guerra Civil, el general Franco la restableció en su bando y lo hizo en el resto de España tras ganar la Guerra.

Con la llegada de la Democracia Española y tras las aprobación de la Constitución se dió un soporte jurídico a la oficialidad del Himno y se encargó a Francisco Grau, Coronel Director de la Unidad de Música de la Guardia Real, su adaptación.

En la actualidad, el himno que escuchamos en los actos oficiales está regulado por el Real Decreto 1560/1997 de 10 de octubre, donde se describen con detalle hasta los compases musicales. Se establecen dos versiones: una más breve y otra más larga, bajo la exigencia siempre de interpretarse de una sola vez.

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